ASOVINOS explica menor recaudo por impuesto al consumo

5b76ff082ccbc.r_1534539522625.0-210-950-685

Esto no se atribuye a los cálculos de la base gravable realizados por el DANE.

Por Luz María González De Bedout* y Luis Fernando Emanuel**

En los últimos meses se ha notado una inconformidad por parte de los gobernadores y la Federación Nacional de Departamentos con la certificación del precio que hace el Dane para calcular el componente ad valorem del impuesto al consumo de licores, vinos y aperitivos, frente a los cuales hay una preocupación por un menor recaudo de este impuesto. La Federación lo atribuye a un mal cálculo en la base gravable, pero son otras las razones.

A partir de enero de 2017, con la entrada en vigencia de la Ley 1816 de 2016, se reestructuró todo el modelo impositivo de los licores, vinos y aperitivos, cambiando la forma como se había cobrado el impuesto por más de 15 años: además de calcular el impuesto con base en los grados alcoholimétricos, ajustándolo anualmente con el IPC. Con dicha Ley, se le adicionó un componente ad valorem basado en el precio de venta encontrado por el Dane como promedio del mercado.

Debido al cambio de modelo, el impuesto al consumo subió ostensiblemente en el 2017. Para aguardientes aumentó cerca del 30 por ciento, rones nacionales de 3 años 20 por ciento y los de 12 años más del 70 por ciento. No solo estos productos muy populares se afectaron. También para los vinos que son bebidas fermentadas, usadas en otras ocasiones como acompañar una comida y con una menor carga alcohólica, incrementó alrededor del 50 por ciento en marcas reconocidas cuyo precio de venta para el 2016 era $26.000 y hoy se encuentran en $30.000. En algunos vinos de alta gama, el impuesto incrementó más de 1.000 por ciento, pasando de $4.000 por botella a $50.000 o más aproximadamente, lo que afectó notablemente la comercialización de este tipo de productos; estimuló el consumo de categorías de gama más baja o de menor valor, y el mercado ajustó el consumo no en el número de litros y alcohol consumido, sino en el tipo de producto.

El Dane debe revisar y establecer cada año el precio para calcular el ad valorem del impuesto al consumo. Luego del ajuste natural del mercado en categorías, márgenes, promociones, entre otros, en la revisión del 2017 para establecer el precio que debería tenerse en cuenta en el 2018, el Dane encontró valores más bajos en comparación con los del año 2016, lo cual afectó el promedio del primer ejercicio y derivó en el decrecimiento del impuesto por la disminución de las bases: para los aguardientes y rones del 11 por ciento, para algunos whiskys del 22 por ciento y en el caso de vinos entre el 2 por ciento y el 20 por ciento.

Ante un cambio de ley que impulsó de manera abrupta el impuesto en un 30 por ciento, 24 puntos por encima del IPC, el efecto del 2018 era apenas natural. Es una estabilización del mercado porque sostener ese nivel de incrementos sería inviable. Además, cuando se mira el promedio ponderado en licores nacionales, el incremento es de alrededor un 6 por ciento, mientras que el promedio anual de incremento del impuesto de los productos premium supera el 20 por ciento, el de los vinos de gama media el 22 por ciento y el de los de gama alta el 200 por ciento, aumentos que son bastante altos. Por su parte, en los vinos de gama baja no hay un incremento significativo y en los whiskys de gama baja hay una reducción del impuesto.

En virtud de lo anterior, la queja de los gobernadores por la reducción en el recaudo del impuesto en el 2018, suscita varias reflexiones y cuestionamientos. Como se ha dicho, el bajo recaudo para este año no es por la metodología del Dane, sino que se debe a la recomposición y al ajuste natural del mercado ante las nuevas condiciones impositivas. Incluso, al volver a los debates en el Congreso, se recuerda cómo el Ministerio de Hacienda y los ponentes de la Ley argumentaron a favor de la reforma que habría inelasticidad en el consumo de los productos; que se mantendrían los volúmenes de consumo y que las gamas, sin importar el incremento del precio, no tendrían alteraciones mayores en sus ventas. Sin embargo, lo que el mercado ha mostrado es lo contrario: una caída en las ventas de los productos de gama alta, que eran los mayores contribuyentes; un incremento en las ventas de las bebidas de baja gama; y una tendencia de disminución en el consumo de algunas categorías, lo que constituye una verdadera elasticidad de la demanda.

En la tabla puede verse el incremento excesivo para la categoría de vino, que a pesar de ser una bebida con menor grado de alcohol, el alza tuvo tanto impacto como para dirigir el mercado a gamas de menor precio que no son afectadas por el impuesto. Aquí cabe preguntarse si ¿para lograr el recaudo esperado se justifica, en términos de salud pública, incentivar el consumo de más litros de bebidas alcohólicas de bajo precio? ¿No hay un incentivo negativo a introducir por courier productos de gama media y alta, especialmente de vino, sin pagar el impuesto? ¿No se podría llamar contrabando a esa práctica? ¿Sí se aplican los controles al límite de cantidades de bebidas alcohólicas que puede ingresar una persona por los aeropuertos?

.

Por último, para profundizar en las razones del bajo recaudo, valdría la pena saber si hay decrecimiento en el volumen de ventas de las licoreras departamentales y si ese decrecimiento tiene impacto en el recaudo. Desde ASOVINOS se considera que el Dane ha mejorado en su ejercicio de toma de muestras para certificar el precio, y que es la estructura de la Ley 1816 la que ha llevado a estas fluctuaciones en el recaudo que no son necesariamente disminuciones.

*Presidenta de ASOVINOS
**Asesor externo de ASOVINOS

https://www.eltiempo.com/contenido-comercial/asovinos-explica-menor-recaudo-por-impuesto-al-consumo-257092

Comparte esta publicación con tus amigos

Ultimas publicaciones

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

English EN Spanish ES